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A continuación le presentamos pasos para ser elegible al momento de solicitar la residencia también conocida como Green card.
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A continuación le presentamos pasos para ser elegible al momento de solicitar la residencia también conocida como Green card.
Para este categoría son elegibles los familiares inmediatos de un ciudadano estadounidense como un cónyuge, hijos solteros menores de 21 años, o padres de un ciudadano estadounidense que tenga al menos 21 años de edad.
El primer paso en este caso, es que el ciudadano estadounidense debe presentar el “Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero”, el cual puede llenar en línea aquí: https://www.uscis.gov/es/formularios/explorar-mis-opciones/peticion-de-ciudadano-estadounidense-para-que-familiar-en-categoria-de-preferencia-obtenga-la
El segundo paso consiste es que el ciudadano estadounidense o el residente permanente legal debe llenar el Formulario I-485. https://www.uscis.gov/es/i-485
También son elegibles los los familiares inmediatos de un ciudadano estadounidense como un cónyuge, hijos solteros menores de 21 años, o padres de un ciudadano estadounidense que tenga al menos 21 años de edad. En este caso, se debe seguir dos pasos. El primero es que el familiar no inmediato debe presenta el “Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero” lo puede hace en línea en este link: https://www.uscis.gov/es/formularios/explorar-mis-opciones/peticion-de-ciudadano-estadounidense-para-que-familiar-en-categoria-de-preferencia-obtenga-la
El segundo paso consiste en que el ciudadano estadounidense o el residente legal llene el formulario I-485. Aquí le dejamos el link: https://www.uscis.gov/es/i-485
Para todos los casos de este punto, el Gobierno de EE.UU. dará la siguiente preferencia:
En este punto, se tomarán en cuenta estos casos:
Puedes solicitar la residencia permanente si tu cónyuge ciudadano estadounidense murió y al momento del deceso seguías casado.
Para obtener la residencia, debes demostrar que estabas "legalmente casado con el ciudadano estadounidense, y que entró en dicho matrimonio genuinamente (de buena fe), no solo para obtener el beneficio de inmigración", señala el Gobierno de EE.UU.
Según el Gobierno de EE.UU., puedes ser elegible para este tipo de residencia, bajo la Ley de Violencia Contra las Mujeres (VAWA, por sus siglas en inglés), si eres víctima de abuso o crueldad extrema cometido por:
Puedes solicitar para la residencia permanente si eres trabajador inmigrante con habilidades extraordinarias para las ciencias, artes, educación, empresas o deportes; investigador o profesor sobresalientes; o ejecutivo o gerente de una compañía multinacional.
Esta solicitud aplica para un médico que acepta trabajar a tiempo completo en práctica clínica en un área de poco acceso médico durante un periodo determinado y que también cumple con otros requisitos de elegibilidad, según el Gobierno estadounidense.
En este punto, aplica para los siguientes casos:
Los inmigrantes pueden tener el estatus de refugiado si sufren o sufrieron persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, o por pertenecer a ciertos grupos sociales o tener ciertas opiniones políticas, según el USCIS. Generalmente estas personas "están fuera de sus países que no pueden o no están dispuestos a volver allí porque temen daños personales graves".
Para solicitar el asilo en Estados Unidos, es necesario "satisfacer la definición de refugiado", o estar en Estados Unidos o pedirlo en una puerta de entrada de EE.UU.
Si eres víctima de trata de personas y tienes una visa de No Inmigrante T, puedes ser elegible para solicitar la residencia permanente.
Este tipo de visa "permite que las víctimas se queden en Estados Unidos y ayuden a las autoridades del orden público en la investigación o procesamiento penal de los casos de trata de personas", dice el Gobierno de EE.UU.
Si fuiste víctima de abusos (cónyuge e hijos abusados bajo la Ley de Ajuste Cubano, bajo la ley de Equidad en la Inmigración de Refugiados Haitianos o baja VAWA; y abusos contra menores en el estatus de Jóvenes Inmigrantes Especiales) o si resides continuamente en Estados Unidos desde antes del 1 de enero de 1972, puedes tramitar la residencia permanente.
Publicado el 18 Apr 2024
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